Buscan mitigar la propagación del coronavirus
Por Manuel Paredón
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Para mitigar la transmisión y contención del COVID-19, el Poder Judicial decretó la suspensión de plazos y de las audiencias previamente programadas.
Igualmente, suspendió la atención al público.
En el reciente periodo vacacional que se amplió, magistrados, jueces y demás personal debieron reanudar actividades normalmente el pasado lunes.
A pesar de que oportunamente se dio a conocer el decreto del Consejo de la Judicatura, algunos litigantes no se enteraron y acudieron a los juzgados civiles para continuar el procedimiento de los asuntos que llevan.
Pero se encontraron con que se prolongaba la atención al público.
Y es que el acuerdo general, actualiza las medidas extraordinarias implementadas por el Poder Judicial del Estado.
Entre otros aspectos, decretan la suspensión de plazos y términos judiciales así como de las audiencias programadas del 11 al 17 de los corrientes.
No obstante se continuará laborando a puerta cerrada o a distancia sin atención al público en los términos que establezca el Consejo de la Judicatura.
Igualmente se cancelan eventos de índole jurisdiccional, administrativo académico e institucional.
Los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia, menores, auxiliares y administrativos, deberán cubrir guardias para conocer de los asuntos, en por ejemplo materia familiar.
En materia penal, el acuerdo establece algunas reglas en cuestiones constitucionales
En materia penal, el sistema acusatorio en justicia oral para adolescentes, solo se desahogaran las audiencias urgentes con la presencia solamente de las partes procesales.
No se suspenderán plazos para algunas actuaciones en materia del sistema acusatorio y oral, precisan.
En materia penal de ejecución, solo se desahogaran las audiencias que impliquen peligro a la vida o a la integridad de las personas privadas de su libertad y acuerdos urgentes sobre condiciones de internamiento.
En el sistema tradiciones, también vienen algunas excepciones, solo se desahogaran audiencias y diligencias urgentes, como las actuaciones referentes al plazo constitucional